Subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León (2026)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 17 de febrero de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026

¿Quién lo puede solicitar?

  • Empresas privadas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que, cumpliendo los requisitos, realicen la actuación subvencionable y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

  • Se entenderán asimiladas a las empresas, las personas físicas así como las comunidades de bienes que sean empleadoras de las mujeres víctimas de violencia de género.

  • Serán destinatarias las mujeres víctimas de violencia de género, acreditadas por los medios previstos, que cumplan los requisitos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Contratar, con carácter temporal, fijo – discontinua e indefinida, a mujeres víctimas de violencia de género para el desempeño de un puesto de trabajo ubicado en el territorio de Castilla y León.

En el supuesto de contratación temporal, el contrato deberá formalizarse por un periodo mínimo de 90 días (en los contratos inferiores a 6 meses). Y por un mínimo de 6 meses en el resto de contratos temporales.

El contrato podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial. En este último caso la jornada tendrá que ser al menos el 50% de la jornada ordinaria que se establezca en el convenio colectivo correspondiente. Este límite de duración no resultará de aplicación al colectivo de víctimas con discapacidad.

Quedan excluidos los contratos de trabajo formativos.

Los contratos que constituyen la actividad subvencionable deben haberse formalizado entre el 16 de octubre de 2025 y 15 de octubre de 2026.

Las mujeres víctimas de violencia de género, deberán estar desempleadas, sin necesidad de estar inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León con carácter previo a su alta en la Seguridad Social. Se exceptúa de este requisito el supuesto de conversión de un contrato temporal en indefinido.

Cuantía

  • El importe de la subvención será de 10.000 € por cada contrato indefinido a tiempo completo.

  • Para los contratos temporales a tiempo completo de, mínimo, 6 meses de duración el importe será de 4.000 € y para aquellos contratos de duración mínima de 90 días y que no lleguen a los 6 meses de duración a tiempo completo el importe será de 2.000 €.

  • El importe que se concede es de una cuantía netamente inferior y por lo tanto sin vinculación al coste real del contrato. Para ello se toma como referencia la cuantía del salario mínimo interprofesional.

  • Para calcular los costes salariales medios se tomará como referencia el salario mínimo interprofesional del año en que se hayan iniciado.

  • En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional a la duración efectiva de la jornada de trabajo.

  • Si el contrato fuese fijo discontinuo la cuantía de la subvención que corresponde por su modalidad indefinida, será proporcional a la duración anual del contrato.

AYUDASAdmin Zaratan